UASB-DIGITALColección :http://hdl.handle.net/10644/3632024-03-29T12:54:48Z2024-03-29T12:54:48ZEl caso Sarayaku: una lucha por el ambiente y los derechos humanos en la Amazonía ecuatorianaMelo Cevallos, Mariohttp://hdl.handle.net/10644/8342013-08-29T15:48:25Z2006-05-01T00:00:00ZTítulo : El caso Sarayaku: una lucha por el ambiente y los derechos humanos en la Amazonía ecuatoriana
Autor : Melo Cevallos, Mario
Resumen / Abstract: El 26 de julio de 1996, el Estado Ecuatoriano concesionó a favor de la Compañía General de Combustibles (CGC) el denominado bloque petrolero 23 que comprende una extensión de 200.000 hectáreas en la amazonía ecuatoriana, un 65% de las cuales afectan al territorio de Sarayaku. Actualmente la petrolera estadounidense Burlington Resources es propietaria del 50% de los derechos en el Bloque 23.
Esta concesión fue efectuada sin que se haya realizado ningún proceso jurídico de información, consulta o pedido de consentimiento al Pueblo de Sarayaku para la realización de actividades petroleras en el territorio de su propiedad, pese a que dicho proceso constituye un estándar obligatorio que debe cumplir de acuerdo a la legislación ambiental nacional y al Derecho Internacional de los Derechos Humanos.2006-05-01T00:00:00ZLos diez primeros años de gestión penal del ambiente en Venezuela. Coyuntura 1992 - 2001Gutiérrez Larrisgoitia, Luis Amadohttp://hdl.handle.net/10644/8332013-08-29T15:48:04Z2006-05-01T00:00:00ZTítulo : Los diez primeros años de gestión penal del ambiente en Venezuela. Coyuntura 1992 - 2001
Autor : Gutiérrez Larrisgoitia, Luis Amado
Resumen / Abstract: La realización de proyectos de protección ambiental y de control de contaminación en Venezuela ha estado inscrita en un marco legal sujeto a cambios importantes, y ya se ha anunciado que vienen otros. Si bien es cierto que este fenómeno no es exclusivo del caso venezolano, no es menos cierto que, en el caso de este país, esta situación ha tenido gran incidencia en la manera de abordar dichos proyectos.
La preocupación internacional, por el impacto ambiental causado por la aceleración de las actividades de industrialización en el mundo a partir de la segunda guerra mundial, tiene menos de treinta y cinco años. La Primera Conferencia sobre Ambiente y Desarrollo, convocada por la Organización de las Naciones Unidas, tiene lugar en Estocolmo, Suecia, en 1972. El Primer Congreso Internacional de Ecología se celebra en La Haya, Holanda, en 1974.
Los resultados de esta actividad, en el caso de Venezuela, comienzan a sentirse en 1976, cuando se promulga la Ley Orgánica del Ambiente, y en 1977, cuando se crea el Ministerio del Ambiente y Recursos Naturales Renovables, MARNR. Sin embargo, las primeras regulaciones que requieren inversiones en adecuación, y que establecen plazos de cumplimiento, aparecen hacia 1985, acompañadas de decretos con incentivos positivos, de naturaleza financiera y fiscal.2006-05-01T00:00:00ZDerecho a un ambiente sano, desarrollo y pueblos indígenas: ¿la perdida del último refugio?Biasini López, Oliviahttp://hdl.handle.net/10644/8322013-08-29T15:48:18Z2006-05-01T00:00:00ZTítulo : Derecho a un ambiente sano, desarrollo y pueblos indígenas: ¿la perdida del último refugio?
Autor : Biasini López, Olivia
Resumen / Abstract: Como es bien sabido el desarrollo se plantea como un derecho humano después de la segunda guerra mundial, aunque hay divergencia de criterios acerca del carácter vinculante de la normativa que lo proclama, se plantea como un derecho humano asociado a la libre determinación de los pueblos que “incluye el ejercicio de su derecho inalienable a la plena soberanía sobre todas sus riquezas y recursos naturales”]. De acuerdo al carácter estatocéntrico del sistema internacional, esto ha sido interpretado por los Estados como uno de los elementos de su plena soberanía y así se recoge en las Constituciones. Por su parte los pueblos indígenas mantienen su reclamo a la libre determinación como naciones y pueblos previos a la colonización de sus territorios y afirman su derecho ancestral irrenunciable de defender sus territorios, tierras y recursos estratégicos, que consideran base fundamental de su libre determinación.
El problema radica en la ausencia de definición del termino “pueblo” y en el declarado rechazo gubernamental a la libre determinación ya que “los gobiernos por lo general desechan que los indígenas sean considerados como pueblos y también niegan que los indígenas sean poseedores de ese derecho. Aquí interviene el temor de muchos gobiernos de que el ejercicio de la libre determinación puede conducir a la secesión política y a la fragmentación de los estados existentes” y, podría añadirse, la negativa a una soberanía restringida o compartida en el manejo de los recursos para propiciar el desarrollo y los derechos de estos pueblos.2006-05-01T00:00:00ZDerechos y principios relativos al ambienteMartínez Yánez, Esperanzahttp://hdl.handle.net/10644/8312023-04-13T15:22:14Z2006-05-01T00:00:00ZTítulo : Derechos y principios relativos al ambiente
Autor : Martínez Yánez, Esperanza
Resumen / Abstract: En todos los problemas y conflictos ambientales y en el ejercicio de las políticas de desarrollo hay implícito un sentido de arrasamiento; no sólo de la naturaleza sino del conjunto de derechos. El primero el de la vida, pero igualmente el de la salud, el de la alimentación, el del trabajo; y, desde otra óptica, aquellos otros que son definidos como derechos de los pueblos: el derecho al desarrollo, el derecho a la autodeterminación de los pueblos y, con cuanta frecuencia, también el derecho a la paz. Todo se arrasa en conjunto y de ahí la importancia creciente de demandar el cumplimiento de los derechos medioambientales, a sabiendas que se confronta la voluntad de poderosos intereses privados y multinacionales.
Todos los derechos que tienen que ver con la soberanía, el manejo del territorio y el derecho a la vida tienen estrecha relación con el ambiente; adicionalmente hay varias menciones en nuestra legislación que reconocen el derecho a un medio ambiente sano, que garantizan la salud de la gente y la conservación de la naturaleza. Hay suficientes fundamentos legales para la protección del medio ambiente, el problema es que estos no se cumplen, se sustituyen o son subordinados a otros.2006-05-01T00:00:00Z