<?xml version="1.0" encoding="UTF-8"?>
<rdf:RDF xmlns:rdf="http://www.w3.org/1999/02/22-rdf-syntax-ns#" xmlns="http://purl.org/rss/1.0/" xmlns:dc="http://purl.org/dc/elements/1.1/">
  <channel rdf:about="http://hdl.handle.net/10644/5410">
    <title>UASB-DIGITALColección :</title>
    <link>http://hdl.handle.net/10644/5410</link>
    <description />
    <items>
      <rdf:Seq>
        <rdf:li rdf:resource="http://hdl.handle.net/10644/10125" />
        <rdf:li rdf:resource="http://hdl.handle.net/10644/9554" />
        <rdf:li rdf:resource="http://hdl.handle.net/10644/8423" />
        <rdf:li rdf:resource="http://hdl.handle.net/10644/7007" />
      </rdf:Seq>
    </items>
    <dc:date>2026-03-10T18:31:20Z</dc:date>
  </channel>
  <item rdf:about="http://hdl.handle.net/10644/10125">
    <title>Propuesta basada en el método de Reporte de Ingresos para medir la brecha de evasión tributaria en el caso del impuesto a la renta de personas naturales</title>
    <link>http://hdl.handle.net/10644/10125</link>
    <description>Título : Propuesta basada en el método de Reporte de Ingresos para medir la brecha de evasión tributaria en el caso del impuesto a la renta de personas naturales
Autor : Suikouski Proaño, Vanessa Estefanía
Resumen / Abstract: Para financiar el déficit fiscal, los gobiernos han implementado reformas tributarias enfocadas en el incremento de la carga impositiva a los contribuyentes, lo que ha provocado que aumenten los niveles de evasión y elusión fiscal, por lo que cada día las administraciones tributarias se ven obligadas a orientar sus esfuerzos en la generación de nuevos instrumentos que les permitan detectar las brechas de evasión fiscal. Las investigaciones relacionadas a esta temática han tomado gran relevancia a lo largo de los años, puesto que, existe evidencia de las proporciones representativas de ingresos que se han dejado de percibir por la ejecución de prácticas evasoras, lo cual ha influido en que las administraciones tributarias realicen un análisis más profundo a las rentas personales obtenidas por los individuos. Por lo tanto, esta investigación pretende señalar mediante la metodología propuesta la brecha de evasión fiscal para personas naturales para ser un instrumento que permita a las administraciones tributarias elaborar mecanismos que reduzcan los niveles de evasión tributaria en el sector.</description>
    <dc:date>2024-01-01T00:00:00Z</dc:date>
  </item>
  <item rdf:about="http://hdl.handle.net/10644/9554">
    <title>El uso abusivo de convenios: especial consideración al artículo 10.2 del Modelo de convenio de la OCDE (versión 2017)</title>
    <link>http://hdl.handle.net/10644/9554</link>
    <description>Título : El uso abusivo de convenios: especial consideración al artículo 10.2 del Modelo de convenio de la OCDE (versión 2017)
Autor : Armas Charro, Danny Antonio
Resumen / Abstract: Los Estados en uso de la soberanía están en la capacidad de firmar convenios internacionales que eviten una doble imposición internacional; sin embargo, estos convenios pueden ser utilizados de manera abusiva por las personas con el propósito de obtener beneficios a los que no tienen derecho. Para evitar esta situación, que termina perjudicando la recaudación tributaria, es necesario estudiar las medidas que deben desarrollar los Estados para evitar un uso abusivo de los convenios. El presente trabajo pretende analizar las medidas que pueden adoptar los Estados con la finalidad de controlar el uso abusivo del artículo 10.2 del Modelo de Convenios para evitar la doble imposición de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico. Son los países los principales responsables de cerrar todas las posibles lagunas legales que pueden ser usadas por quienes pretenden bajar su carga impositiva de modo abusivo. El desarrollo de cláusulas generales y específicas antielusión debe estar a cargo de los países contratantes de los convenios los que deben determinar, además, si las personas están realizando sus actividades económicas a partir de una economía de opción o si solo buscan beneficiarse de los convenios de forma indebida. El estudio de jurisprudencia permite tener una idea clara de cómo las naciones han ido abordando este tema y se han visto en la necesidad de implementar nuevas medidas y promover otra normativa que permita frenar el uso abusivo del artículo 10.2 del Modelo de CDI de la OCDE. La normativa interna de cada Estado sirve como fuente principal para el establecimiento de la normativa internacional; por tanto, se debe estudiar estas fuentes de derecho para entender la evolución del mencionado Modelo y de las cláusulas antielusión. Los Estados son los responsables de determinar la necesidad y la utilidad de la firma de un CDI. En este sentido, un Estado contratante debe conocer a profundidad la normativa del otro Estado contratante, con el fin de establecer cláusulas antielusión dentro del convenio así como en la normativa local con la finalidad de evitar que las personas logren beneficiarse de una manera abusiva de CDI.</description>
    <dc:date>2023-01-01T00:00:00Z</dc:date>
  </item>
  <item rdf:about="http://hdl.handle.net/10644/8423">
    <title>Necesidad de regular en el Ecuador la imposición sobre la renta en el comercio electrónico de intangibles</title>
    <link>http://hdl.handle.net/10644/8423</link>
    <description>Título : Necesidad de regular en el Ecuador la imposición sobre la renta en el comercio electrónico de intangibles
Autor : Núñez Castillo, Francisco Javier
Resumen / Abstract: La revolución del comercio tradicional se produjo a partir de que la tecnología y el internet se orientaron a los negocios, de allí que, las comunicaciones entre oferentes y demandantes se realizan en menor tiempo, y por añadidura las transacciones se tornaron mundiales; además, se crearon servicios con contenido tecnológico, a los que se los denominó como digitales, cuya característica principal es su intangibilidad, es decir, se prestan a través de la red sin necesidad de la presencia física del proveedor y cliente. A esta nueva tendencia on line se la denomina como comercio electrónico. Las características propias del comercio electrónico han trastocado significativamente las teorías tributarias que hasta ahora fueron eficaces en la recaudación de recursos para los estados; factores como la inmaterialidad de los servicios, la deslocalización de las transacciones y sus actores, y la calificación de la renta, constituyen verdaderos escollos para los países, cuyas legislaciones impositivas continúan basándose en los principios del impuesto a la renta de fuente y residencia, es decir, no se actualizaron al mismo ritmo de los cambios producidos por el comercio electrónico, lo cual se ve reflejado en la reducción de sus recaudaciones impositivas, a pesar de que, dentro de sus límites territoriales se están generando riqueza. Bajo este escenario, los países desarrollados miembros de la OCDE, aprobaron la creación de un plan denominado BEPS, que tiene como finalidad la adopción de medidas anti-abuso para contrarrestar la erosión de la base imponible y el traslado de beneficios, sin embargo no se han aprobado medidas concretas, únicamente se sugieren alternativas como la creación de impuesto mínimo global denominado Globe, que pretende distribuir una parte de los impuestos generados en las diferentes jurisdicciones. En cuanto a nuestro país, la falta de legislación impositiva sobre la renta en las operaciones de comercio electrónico de intangibles, ocasiona un detrimento en la recaudación tributaria. Finalmente, el presente trabajo de investigación recoge las iniciativas más relevantes del estudio comparado efectuado con Perú y Uruguay, que podrían ser aplicadas en nuestro país, retos a los que se enfrenta Ecuador, y sobre los que deberá necesariamente adoptar las medidas más convenientes basándose en los principios fiscales del comercio electrónico.</description>
    <dc:date>2021-01-01T00:00:00Z</dc:date>
  </item>
  <item rdf:about="http://hdl.handle.net/10644/7007">
    <title>Ventajas y desventajas del límite como método de control para la aplicación de convenios para evitar la doble imposición vía reembolso</title>
    <link>http://hdl.handle.net/10644/7007</link>
    <description>Título : Ventajas y desventajas del límite como método de control para la aplicación de convenios para evitar la doble imposición vía reembolso
Autor : Arias Pombosa, Adriana María
Resumen / Abstract: Con el objetivo de definir la jurisdicción en la cual tributarán los ingresos generados por las operaciones comerciales, respecto a la prestación de servicios, que se dan entre todos los países del mundo, se han firmado varios convenios para evitar la doble imposición, en el caso de Ecuador, se han ratificado 19 convenios internacionales, los mismos están amparados por la Constitución de la República y prevalecen sobre cualquier otra norma. Los convenios internacionales que ha firmado y ratificado el Ecuador, se basan en los modelos más utilizados a nivel mundial que son: el Modelo de Convenio de la OCDE y el Modelo de Convenio de la ONU. Pero estos convenios no pueden crear impuestos o modificar la normativa interna, ya que la Constitución señala que, los impuestos se establecen, modifican, exoneran o extinguen, por iniciativa de la Función Ejecutiva y mediante ley sancionada por la Asamblea Nacional. Hay que considerar que las operaciones comerciales que se derivan de las necesidades de cada país a nivel mundial, son cada vez más complejas, y el controlar estas operaciones de igual forma se vuelve complejo para las administraciones tributarias, bajo este inconveniente se han detectado diferentes formas de evadir impuestos ocultando ingresos o eludirlos utilizando los vacíos que se encuentran en los mismos convenios internacionales y en las normas internas de cada Estado, para ello se requieren métodos que permitan identificar las operaciones que generan riesgo para la recaudación tributaria, es por ello que, en la norma interna del Ecuador, se establecen varias formas de control para las operaciones internacionales, y además, se menciona que la administración tributaria puede establecer los montos máximos para aplicar los beneficios estipulados en los convenios internacionales de manera automática o vía devolución. Es por esto que el Servicio de Rentas Internas a través de la Resolución DGERCGC18-00000433 publicada el 28 de diciembre del 2018, ha establecido los montos máximos para la aplicación directa de los convenios para evitar la doble imposición, y si las operaciones comerciales superan estos montos, los beneficios se aplican vía devolución, y la resolución NAC-DGERCGC16-00000388, que establece los requisitos para solicitar la devolución. El presente trabajo consiste en analizar las formas de control adoptadas por la administración tributaria, los casos de riesgo detectados y el límite de aplicación de los convenios internacionales como una forma de control.</description>
    <dc:date>2019-01-01T00:00:00Z</dc:date>
  </item>
</rdf:RDF>

