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http://hdl.handle.net/10644/2529
Tipo de Material (Spa): | Tesis Maestría |
Título : | Regulación de las relaciones internacionales en la Constitución Política del Estado de Bolivia |
Autor : | Dueñas Muñoz, Juan Carlos |
Director de Tesis: | Montaño Galarza, César Eduardo, dir. |
Descriptores / Subjects : | RELACIONES INTERNACIONALES CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE BOLIVIA INTEGRACIÓN REGIONAL CONTROL DE CONSTITUCIONALIDAD |
Identificador de lugar: | BOLIVIA |
Fecha de Publicación : | 2004 |
Ciudad: Editorial : | Universidad Andina Simón Bolívar, Sede Ecuador |
Cita Sugerida : | Dueñas Muñoz, Juan Carlos. Regulación de las relaciones internacionales en la Constitución Política del Estado de Bolivia. Quito, 2004, 148 p. Tesis (Maestría en Relaciones Internacionales. Mención en Negociaciones Internacionales y Manejo de Conflictos). Universidad Andina Simón Bolívar, Sede Ecuador. Área de Estudios Sociales y Globales. |
Código: | T-0292 |
Resumen / Abstract: | La presente tesis, presenta los efectos jurídicos de la relación constitución- relaciones internacionales, revisando nociones como soberanía y tratado internacional, también se delinean las principales características del control constitucional a priori, como uno de los máximos referentes para que un estado soberano pueda ser parte de un proceso de integración regional, sin dejar de lado un precepto básico de todo ordenamiento jurídico y de toda relación interestatal: la supremacía constitucional. Producto central de este trabajo de investigación es delimitar el tratamiento normativo que da la Constitución boliviana a las relaciones internacionales, el comercio internacional y la integración, advirtiendo después de un minucioso estudio, que existen carencias en su regulación ya que las únicas competencias en materia internacional son solo de carácter funcional, no existiendo alguna definición en la Carta Magna de Bolivia sobre relaciones externas del Estado. Por otro lado, si bien se puede manifestar que en Bolivia existe un control a priori que se desprende de la Constitución boliviana en el artículo 120 Nº 8, el mismo no garantiza el que se preserve la noción de supremacía constitucional, ya que no están claros en la Ley del Tribunal Constitucional N° 1836, menos en la Constitución, cuáles serían los efectos jurídicos de la aprobación de tratados o convenios multilaterales virtualmente inconstitucionales a pesar de la reserva del Tribunal Constitucional. |
URI : | http://hdl.handle.net/10644/2529 |
Aparece en las colecciones: | Maestría en Relaciones Internacionales |
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