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http://hdl.handle.net/10644/3197
Tipo de Material (Spa): | Tesis Maestría |
Título : | La normalización en la contratación pública |
Autor : | Baldeón Barriga, Carlos Gerardo |
Director de Tesis: | Eguiguren Valdivieso, Genaro, dir. |
Descriptores / Subjects : | CONTRATACIÓN PÚBLICA LEY ORGÁNICA DEL SISTEMA NACIONAL DE CONTRATACIÓN PÚBLICA NORMALIZACIÓN LEGISLACIÓN ECUATORIANA |
Identificador de lugar: | ECUADOR |
Identificador de tiempo: | 2012 |
Fecha de Publicación : | 2013 |
Ciudad: Editorial : | Universidad Andina Simón Bolívar, Sede Ecuador |
Cita Sugerida : | Baldeón Barriga, Carlos Gerardo. La normalización en la contratación pública. Quito, 2013, 124 p. Tesis (Maestría en Derecho. Mención en Contratación Pública y Modernización del Estado). Universidad Andina Simón Bolívar, Sede Ecuador. Área de Derecho. |
Código: | T-1177 |
Resumen / Abstract: | El 4 de agosto de 2012 se publica en el Ecuador la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, la cual produce un giro de ciento ochenta grados en las contrataciones de obras bienes o servicios que realiza el Estado, sobre todo por la utilización de medios tecnológicos que permiten, entre otros aspectos, transparentar la información generada en los diferentes procesos de contratación pública. En este contexto, aparece el término “normalización” como un adjetivo de ciertos bienes o servicios que, por reunir algunas características, deben contratarse a través de los denominados medios dinámicos -esto es la subasta inversa electrónica y el catálogo electrónico- en los cuales, el criterio de adjudicación es el precio más bajo, conforme lo determinado en el artículo 6 número 17 de la antedicha Ley. No obstante lo anteriormente expuesto, la normalización como un concepto netamente técnico es la tendencia natural al orden, que básicamente consiste en el proceso de elaboración e implementación de normas, a efectos de lograr, entre otros aspectos, la calidad de los bienes y servicios, incluidos las obras y la consultoría. De esta forma, es necesario determinar que la normalización no puede ser considerada como un criterio de adjudicación de ciertos bienes o servicios, sino que por el contrario puede ser utilizada en obras, bienes, servicios y consultoría, a efectos de aprovechar sus mayores beneficios, principalmente vinculados con la calidad de los productos. |
URI : | http://hdl.handle.net/10644/3197 |
Aparece en las colecciones: | Maestría en Derecho |
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