Por favor, use este identificador para citar o enlazar este ítem: http://hdl.handle.net/10644/400
Tipo de Material (Spa): Tesis Maestría
Título : Tratamiento jurídico de los datos de prueba de medicamentos
Autor : Soriano Ortiz, Ada Patricia
Director de Tesis: Velasco Garcés, Carlos Guillermo, dir.
Descriptores / Subjects : DERECHO ECONÓMICO INTERNACIONAL
PRODUCTOS FARMACÉUTICOS
COMERCIALIZACIÓN
LIBRE COMERCIO
Identificador de lugar: COMUNIDAD ANDINA
Fecha de Publicación : 2006
Ciudad: Editorial : Universidad Andina Simón Bolívar, Sede Ecuador
Cita Sugerida : Soriano Ortiz, Ada Patricia. Tratamiento jurídico de los datos de prueba de medicamentos. Quito, 2006, 116 p. Tesis (Maestría en Derecho. Mención en Derecho Internacional Económico). Universidad Andina Simón Bolívar, Sede Ecuador. Área de Derecho.
Código: T-0659
Resumen / Abstract: La autorización de comercialización de un medicamento requiere como uno de sus requisitos la presentación de información referente a los estudios de seguridad y eficiencia de sus principios activos, información que es considerada como un secreto industrial o empresarial dependiendo de la legislación, figura que se comenzó a proteger debido a sus implicaciones económicas relacionadas a un mejor aprovechamiento de la patente desarrollándose de manera diferente en las normativas, que a su vez le ofrecieron distintas formas de protección y utilización. En el contexto internacional, los datos de prueba de medicamentos son legislados por primera vez en 1965 dentro de las directivas emitidas por la Comunidad Europea, en la que se otorgaba un derecho subjetivo al titular por un determinado periodo de tiempo. En el contexto multilateral de marco de la OMC, se introduce el tema de la protección a la información no divulgada en 1994, con la creación del Acuerdo sobre los Aspectos de los Derechos de Propiedad Intelectual relacionados con el Comercio (ADPIC), en los cuales se reconoce una protección indirecta, que se basa en el derecho de la competencia, situación que además genera una reacción por parte de los países en desarrollo, debido a que el establecimiento de una protección a este tipo de información por medio de la propiedad intelectual no solo significaría el aumento en el costo de medicamentos sino también incidirá en el problema de falta de inversión en la investigación y desarrollo de medicinas que respondiesen a sus necesidades, situación que propició una declaración en la que se compromete a los países desarrollados a paliar estas diferencias. De la misma manera que en el ADPIC, en el ámbito de la Comunidad Andina se reconocía una protección indirecta a esta información no divulgada, situación que se modificó finalmente en vista de la firma de Tratados de Libre Comercio con Estados Unidos de dos de sus países miembros, que alteraron sus normativas internas en base a los requerimientos de su socio, situación que propició una serie de acciones impulsadas por particulares que concluyeron colocando en posiciones contradictorias no solo a los órganos comunitarios sino también a los particulares de los países y sus gobiernos.
URI : http://hdl.handle.net/10644/400
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