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dc.contributor.advisorToscano Soria, Luis Aníbal, dir.-
dc.contributor.authorCóndor Paucar, Wilmer Darío-
dc.coverage.spatialECUADORes_ES
dc.date.accessioned2015-11-12T20:57:55Z-
dc.date.available2015-11-12T20:57:55Z-
dc.date.issued2015-
dc.identifier.citationCóndor Paucar, Wilmer Darío. Principales normas internacionales de información financiera y el impacto en el campo tributario sobre el impuesto a las ganancias en Ecuador. Quito, 2015, 99 p. Tesis (Maestría en Tributación). Universidad Andina Simón Bolívar, Sede Ecuador. Área de Derecho.es_ES
dc.identifier.otherT-1667-
dc.identifier.urihttp://hdl.handle.net/10644/4548-
dc.description.abstractLas Normas Internacionales de Información Financiera NIIF´S se basan en los estándares de registro, valuación presentación y revelación de cada una de las transacciones que afectan los Estados Financieros. Las Normas NIIFS, incluyen el estudio de las Normas Internacionales de Contabilidad (NIC), dentro de estas consta la NIC No. 12, conocida en nuestro país como Impuesto a la Renta, y a nivel internacional como Impuesto a las Ganancias. En el Ecuador por los años 2004, se realiza el informe sobre la observancia de los Códigos y Normas (ROSC), el mismo que fue elaborado por un equipo del Banco Mundial, donde se recomienda dar inicio a la aplicación de normas y para lo cual las empresas públicas y privadas deben prepararse. La NIC 12, Impuesto a las Ganancias, es una norma internacional contable, que apoya específicamente en la interpretación fiscal y armonización contable mediante el reconocimiento de un gasto fiscal, un activo y/o un pasivo por impuestos diferidos. La disposición legal en Ecuador es emitida por la Superintendencia de Compañías, según Registro Oficial 348 del 4 de Septiembre del 2006, donde se manifiesta la obligatoriedad de la adopción NIIF, mientras que el Servicio de Rentas Internas, según Registro Oficial 718 del 6 de Junio del 2012 ( Resol: NAC12-0009), pone en tela de duda la aplicación de la NIC 12, sobre todo en la aplicación de los activos por impuesto diferidos, al no permitir reversar gastos no deducibles hasta Diciembre del 2014, sin embargo el Ejecutivo promulga una ley nominada: “ Ley Orgánica de Incentivos a la Producción y Prevención del Fraude Fiscal” publicada en el Registro Oficial No. 407 del 31 de Diciembre del 2014, misma que rige desde Enero 2015, esta ley reformatoria abarca esencialmente la posibilidad de reconocer impuesto diferidos, lo que permite de alguna manera armonizar la NIC 12.es_ES
dc.format.extent99 p.es_ES
dc.language.isospaes_ES
dc.publisherUniversidad Andina Simón Bolívar, Sede Ecuadores_ES
dc.rightsopenAccesses_ES
dc.rights.urihttp://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/3.0/ec/es_ES
dc.subjectDERECHO TRIBUTARIOes_ES
dc.subjectINFORMACIÓN FINANCIERAes_ES
dc.subjectNORMATIVA INTERNACIONALes_ES
dc.subjectNIIFes_ES
dc.subjectIMPUESTO A LA RENTAes_ES
dc.subjectNORMA NIC 12es_ES
dc.titlePrincipales normas internacionales de información financiera y el impacto en el campo tributario sobre el impuesto a las ganancias en Ecuadores_ES
dc.typemasterThesises_ES
dc.tipo.spaTesis Maestríaes_ES
Aparece en las colecciones: Maestría en Tributación

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