Por favor, use este identificador para citar o enlazar este ítem: http://hdl.handle.net/10644/9684
Tipo de Material (Spa): Artículo
Título : Teoría sistémica y los derechos de la naturaleza: Sentencia n.º 22-18-IN/21 (Tema Central)
Autor : Guerrero Bustillos, Katherin Paola
Descriptores / Subjects : DERECHOS DE LA NATURALEZA
MANGLARES
JURISPRUDENCIA CONSTITUCIONAL
SYSTEMIC RIGTHS
Identificador de lugar: ECUADOR
Fecha de Publicación : 2024
Ciudad: Editorial : Quito, EC: Universidad Andina Simón Bolívar / Corporación Editora Nacional
Paginación: pp. 51-70
Cita Sugerida : Guerrero Bustillos, Katherin Paola. "Teoría sistémica y los derechos de la naturaleza: Sentencia n.º 22-18-IN/21". Foro: revista de derecho. 41 (I Semestre, 2024): 51-70.
Colección / Serie : Foro: revista de derecho;No. 41
Resumen / Abstract: El presente trabajo muestra una visión de los derechos de la naturaleza desde los postulados de la teoría sistémica, que permite dotar de ciertos parámetros que se deben tomar en cuenta al momento de analizar el art. 71 de la Constitución de la República. La sentencia n.º 22-18-IN/21 marca un importante precedente sobre la protección de los derechos de la naturaleza, no solo por su reconocimiento a un ecosistema específico sino por la aplicación de una teoría que permite comprender el alcance de la norma constitucional y su relevancia para la protección de un ecosistema, en este caso, el manglar. Para el desarrollo de este trabajo, se aplicó una metodología de tipo cualitativa mediante la búsqueda de información en fuentes bibliográficas, legales y jurisprudenciales nacionales e internacionales. El resultado obtenido consiste en la identificación de conceptos que permiten analizar de forma profunda el alcance de los derechos de la naturaleza y su aplicación en casos específicos. En conclusión, la sentencia n.º 22-18-IN/21 es un referente para la protección de los derechos de la naturaleza porque establece estándares que deben observarse al momento de tomar una decisión, y que tanto la Corte Constitucional como la justicia ordinaria han tomado en cuenta en fallos posteriores.
Descripción : This paper shows a vision of the rights of nature from the postulates of the systemic theory, which provides parameters that must be taken at the time of analyze the article 71 of the Constitution of the Republic. The judgment n.º 22-18-IN/21 is an important precedent in the protection of the rights of Nature, not only for the recognition of these to a specific ecosystem, but also for the application of a theory that allows understanding the scope of the constitutional norm and its relevance for the protection of an ecosystem, in this case, the mangrove. For the development of this work, a qualitative methodology was applied through the search for information in national and international bibliographic, legal and jurisprudential sources. The result achieved consists in the identification of concepts that allow an in-depth analysis of the scope of the rights of nature and their application in specific cases. Consequently, the judgment n.º 22-18-IN/21 is a reference for the protection of the rights of nature, setting standards that must be observed in a decision, and the Constitutional Court and the Ordinary Justice have considered in subsequent judgments.
URI : http://hdl.handle.net/10644/9684
ISSN : 1390-2466
2631-2484
Aparece en las colecciones: Foro No. 41, 2024

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