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Campo DC Valor Lengua/Idioma
dc.contributor.authorÁvila Santamaría, Ramiro Fernando-
dc.coverage.spatialECUADORes_ES
dc.coverage.temporal2012es_ES
dc.date.accessioned2014-12-05T17:19:25Z-
dc.date.available2014-12-05T17:19:25Z-
dc.date.issued2013-09-
dc.identifier.citationÁvila Santamaría, Ramiro. Los diez de Luluncoto, ¿terroristas?.En: Benavides Llerena, Gina Morela, editora y Chávez Núñez, María Gardenia, editora. Horizonte de los derechos humanos Ecuador 2012. Quito: Universidad Andina Simón Bolívar, Sede Ecuador. Programa Andino de Derechos Humanos, PADH, 2013. pp. 27-38.es_ES
dc.identifier.isbn978-9978-19-587-1-
dc.identifier.urihttp://hdl.handle.net/10644/4110-
dc.description.abstractHay muchas formas de conocer un caso. Una no recomendable, por sí sola, si se quiere aproximar a lo que realmente sucedió, es leyendo la prensa o escuchando las noticias. Otra, que revela el lado humano y que tiene su dosis de parcialidad, es entrevistando a quienes protagonizaron los acontecimientos. Otra, no menos importante, es analizando documentos. Algo de estas formas encontraremos en este estudio. Pero me concentraré en el análisis del expediente del caso y haré referencias puntuales a las otras fuentes. ¿Por qué girar alrededor del expediente judicial? Pues simplemente porque lo que mira y valora el juzgador, lo puede apreciar el lector. El expediente, mientras subsista aún esta manía de registrar todos los actos antes de juzgar, ayuda a tener información, la “oficial”, para construir los hechos que serán motivo del juicio. Más allá de lo que diga la prensa, los protagonistas o los analistas, los juzgadores se tendrían que limitar a lo que consta en el expediente y a lo que se ha dicho en el juicio. Los hechos tienen que ser probados y estos tienen que ser muy graves para que las personas acusadas sean condenadas. ¿Se han probado los hechos y merecen juicio y condena las personas acusadas? De esto se trata este estudio: describir los hechos, tratar objetivamente de informar si se han probado esos hechos y valorar, desde la lógica de los derechos fundamentales reconocidos en la Constitución, si es que las actuaciones de los agentes de policía y los servidores judiciales es o no conforme a un Estado constitucional de derechos y justicia. Para lograr estos objetivos, de contar y valorar a la luz de los derechos fundamentales, me he propuesto el siguiente esquema: relatar los hechos que motivan el procesamiento, enunciar el derecho aplicable, valorar las actuaciones procesales y concluir afirmando si hay o no violaciones a los derechos fundamentales.es_ES
dc.language.isospaes_ES
dc.publisherUniversidad Andina Simón Bolívar, Sede Ecuador. Programa Andino de Derechos Humanos, PADHes_ES
dc.rightsopenAccesses_ES
dc.rights.urihttp://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/3.0/ec/es_ES
dc.subjectINVESTIGACIÓNes_ES
dc.subjectARGUMENTACIÓN JURÍDICAes_ES
dc.subjectVIOLACIONES A LOS DERECHOS HUMANOSes_ES
dc.subjectTERRORISMOes_ES
dc.subjectREPRESIÓNes_ES
dc.titleLos diez de Luluncoto, ¿terroristas?es_ES
dc.typearticlees_ES
dc.tipo.spaArtículoes_ES
Aparece en las colecciones: Artículos y libros de Derechos Humanos

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