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http://hdl.handle.net/10644/4290
Tipo de Material (Spa): | Tesis Maestría |
Título : | Límites de la actividad jurisdiccional indígena en relación con el debido proceso en materia penal |
Autor : | Sánchez Sarmiento, Marcela Paz |
Director de Tesis: | Masapanta Gallegos, Christian Rolando, dir. |
Descriptores / Subjects : | JUSTICIA INDÍGENA JUSTICIA PENAL JURISDICCIÓN DEBIDO PROCESO CORTE CONSTITUCIONAL ECUATORIANA |
Identificador de lugar: | ECUADOR |
Fecha de Publicación : | 2015 |
Ciudad: Editorial : | Universidad Andina Simón Bolívar, Sede Ecuador |
Cita Sugerida : | Sánchez Sarmiento, Marcela Paz. Límites de la actividad jurisdiccional indígena en relación con el debido proceso en materia penal. Quito, 2015, 108 p. Tesis (Maestría en Derecho Procesal). Universidad Andina Simón Bolívar, Sede Ecuador. Área de Derecho. |
Código: | T-1553 |
Resumen / Abstract: | En la Constitución de 1998 se produjo el reconocimiento constitucional de los derechos colectivos de los pueblos indígenas y del pluralismo jurídico existente en el país, ello permitió la legitimación de las resoluciones tomadas por sus autoridades competentes de sus conflictos internos en base a sus propios procedimientos, usos y costumbres ancestrales, garantizando el derecho a su identidad, autodeterminación y autonomía de los pueblos, comunidades y nacionalidades indígenas a fin de restablecer el equilibrio y armonía dentro de la misma. Estas resoluciones por norma constitucional tienen el mismo carácter jurídico y fuerza vinculante que las sentencias expedidas por autoridades jurisdiccionales estatales. Por tanto, sin que se necesite ratificación del sistema judicial estatal, las decisiones jurisdiccionales indígenas surten el efecto de cosa juzgada, debiendo ser obedecidas por las partes involucradas, consideradas por la comunidad y respetadas por las autoridades y las instituciones del Estado respetando y garantizando la aplicación del principio non bis in ídem constitucionalmente reconocido. Sin embargo, se hace necesaria su limitación explícita a fin de evitar que sus procedimientos y sanciones vulneren derechos humanos, razón por la cual la Corte Constitucional debe ser la encargada de controlar la conformidad de estas resoluciones con los preceptos constitucionales, respetando el ejercicio de sus funciones jurisdiccionales que les son reconocidas, esto es, sobre la base de sus tradiciones ancestrales y derecho propio, conforme lo reconoce la vigente Constitución. |
URI : | http://hdl.handle.net/10644/4290 |
Aparece en las colecciones: | Maestría en Derecho Procesal |
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