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dc.contributor.advisorMasapanta Gallegos, Christian Rolando, dir.-
dc.contributor.authorSalas Burbano, Juan Andrés-
dc.coverage.spatialECUADORes_ES
dc.date.accessioned2017-04-26T20:02:33Z-
dc.date.available2017-04-26T20:02:33Z-
dc.date.issued2017-
dc.identifier.citationSalas Burbano, Juan Andrés. La acusación particular y el reconocimiento de los derechos de las víctimas. Quito, 2017, 89 p. Tesis (Maestría en Derecho Penal). Universidad Andina Simón Bolívar, Sede Ecuador. Área de Derecho.es_ES
dc.identifier.otherT-2212-
dc.identifier.urihttp://hdl.handle.net/10644/5517-
dc.description.abstractLa acusación particular se constituía, según el derogado Código de Procedimiento Penal, en el instrumento mediante el cual se habilitaba a la víctima a intervenir como parte procesal dentro de un juicio penal, ello implicaba entre sus principales efectos, que al ser acusador particular tendría la posibilidad de: pedir y actuar prueba durante el proceso, interponer recursos a los fallos del juez o tribunal y finalmente la capacidad de ejecutar oportunamente la indemnización, de existir una sentencia condenatoria sin recurrir a un nuevo proceso en la vía civil, derechos y actuaciones que no eran factibles en caso que la víctima no se presentase como acusadora particular. Por otro lado, la Constitución de la República sin que exista o haga depender de la existencia de una acusación particular, otorga en el plano formal el derecho a una tutela efectiva de derechos, la posibilidad de contar con el tiempo y los medios adecuados para la defensa, el derecho a ser escuchado oportunamente en igualdad de condiciones, la capacidad de recurrir del fallo o resolución en los procedimientos, y el derecho de ser reparado oportunamente como víctima de un delito. Lo prescrito en la Constitución es consecuencia de lo establecido por tratados internacionales como la Convención Americana de Derechos Humanos, que dentro de sus postulados decreta la plena igualdad entre las partes dentro de un proceso, así como la posibilidad de recurrir de un fallo ante un juez o tribunal superior. El análisis de la aplicación de la Constitución y de los instrumentos internacionales sobre Derechos Humanos, dará como resultado que la acusación particular debe ser excluida totalmente del ordenamiento jurídico ya que es un limitante de los derechos de la víctima; no obstante, que el Código Orgánico Integral Penal ha modificado la realidad procesal al respecto; puesto que ahora la víctima ha resurgido y es parte procesal sin la necesidad de la presentación de la acusación particular, por lo investigado en la presente tesis representa un notable avance jurídico para Ecuador.es_ES
dc.format.extent89 p.es_ES
dc.language.isospaes_ES
dc.publisherUniversidad Andina Simón Bolívar, Sede Ecuadores_ES
dc.rightsopenAccesses_ES
dc.rights.urihttp://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/3.0/ec/es_ES
dc.subjectACUSACIONES PENALESes_ES
dc.subjectPROCEDIMIENTO PENALes_ES
dc.subjectCONTROL DE CONSTITUCIONALIDADes_ES
dc.subjectVÍCTIMAS DE CRÍMENESes_ES
dc.subjectDERECHO A LA REPARACIÓN DE DAÑOS Y PERJUICIOSes_ES
dc.titleLa acusación particular y el reconocimiento de los derechos de las víctimases_ES
dc.typemasterThesises_ES
dc.tipo.spaTesis Maestríaes_ES
Aparece en las colecciones: Maestría en Derecho Penal

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