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Tipo de Material (Spa): Tesis Maestría
Título : La motivación en el juzgamiento por audiencias en el Código Orgánico General de Procesos
Autor : Miranda Calvache, Jorge Alejandro
Director de Tesis: Iturralde Albán, Francisco Abelardo, dir.
Descriptores / Subjects : PROCEDIMIENTO ORAL
CÓDIGO ORGÁNICO GENERAL DE PROCESOS, COGEP
TUTELA JUDICIAL
DERECHO A LA DEFENSA
DEBIDO PROCESO
Identificador de lugar: ECUADOR
Fecha de Publicación : 2018
Ciudad: Editorial : Universidad Andina Simón Bolívar, Sede Ecuador
Paginación: 85 p.
Cita Sugerida : Miranda Calvache, Jorge Alejandro. La motivación en el juzgamiento por audiencias en el Código Orgánico General de Procesos. Quito, 2018, 85 p. Tesis (Maestría en Derecho Procesal). Universidad Andina Simón Bolívar, Sede Ecuador. Área de Derecho.
Código: T-2680
Resumen / Abstract: En el Código Orgánico General de Procesos (COGEP), el artículo 79, inciso 8, dice: “Se resolverá de manera motivada en la misma audiencia” y, además, si hubiese algún recurso horizontal presentado con anterioridad a la audiencia, no la suspende, debiendo el juez resolver sobre dicho recurso en la misma audiencia. Desde luego que existe una excepción, y es la contenida en el artículo 93 del mismo Código, que señala: “Al finalizar la audiencia la o el juzgador pronunciará su decisión en forma oral. Excepcionalmente y cuando la complejidad del caso lo amerite podrá suspender la audiencia por el término de hasta diez días para emitir su decisión oral”. Entendida aquella suspensión en forma excepcional, esto es, no en todos los casos. Esta investigación tendrá como propósito el análisis de la estructura motivacional de las resoluciones judiciales orales de fondo o mérito tomadas en audiencia, previstas en el artículo 94 del COGEP ecuatoriano. Para lograr este fin, se definirá primero, cuáles son los principios procesales aplicables y compatibles con la motivación; en segundo lugar, se estudiará la configuración legal de la motivación en Ecuador, sus requisitos y efectos; para posteriormente, realizar una propuesta de estructura motivacional de las resoluciones orales tomadas en audiencia conforme con el parámetro constitucional vigente. En la práctica no existe un criterio unificado de los juzgadores en cuanto a la identificación de lo que comprende la obligación de tomar una decisión oral motivada y lo que concierne a la resolución motivada escrita. Mediante el enfoque socio-jurídico, exegético y sistemático, se intenta demostrar cuál de las tesis es la correcta; si se cumple con el requisito de la motivación leyendo un fallo con estructura motivacional previa; o si solo existe el pronunciamiento oral, ¿no estaremos ante una decisión carente de contenido?
URI : http://hdl.handle.net/10644/6254
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