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dc.contributor.advisorMasapanta Gallegos, Christian Rolando, dir.-
dc.contributor.authorCedeño Camacho, Simón David-
dc.coverage.spatialECUADORes_ES
dc.date.accessioned2020-07-06T23:07:09Z-
dc.date.available2020-07-06T23:07:09Z-
dc.date.issued2020-
dc.identifier.citationCedeño Camacho, Simón David. El principio de proporcionalidad en la aplicación de la reparación integral en los procesos de tránsito en Ecuador a partir de los criterios de la Corte Interamericana de Derechos Humanos: estudio del caso Galarza versus Calderón, sentencia nº 17451-2009-0045. Quito, 2020, 97 p. Tesis (Maestría en Derecho Constitucional). Universidad Andina Simón Bolívar, Sede Ecuador. Área de Derecho.es_ES
dc.identifier.otherT-3201-
dc.identifier.urihttp://hdl.handle.net/10644/7326-
dc.description.abstractSi bien en la legislación actual se prevé normas que garantizan la reparación integral, no existen parámetros legales o jurisprudenciales internos que gocen de especificidad para la reparación de carácter económico a las víctimas. Esto ha provocado una disparidad de criterios y aplicaciones antojadizas de administradores de justicia en las sentencias condenatorias de delitos de tránsito que si bien por su configuración normativa son de carácter culposo, se debe considerar que constituyen una de las principales causas de mortalidad y morbilidad en el país. Por eso el análisis y estudio del Caso Galarza versus Calderón, sentencia n.º 17451-2009-0045- resulta de singular importancia ya que allí por primera vez en el país tomando en cuenta el bloque de convencionalidad se expidió la primera sentencia con énfasis en las medidas reparatorias impuestas por la Corte Interamericana de Derechos Humanos. En consecuencia, el Consejo de la Judicatura la difundió a todos los jueces a escala nacional para su conocimiento. También fue publicada en la revista electrónica Aportes Andinos 35, como un hito en la aplicación de los estándares internacionales sobre la reparación integral de derechos humanos, en un caso de tránsito. Si bien algunos jueces la interpretaron como una sentencia indicativa en esta materia, la mayoría de jueces no la han aplicado y ha recibido críticas bajo el argumento de ser una sentencia inejecutable. Por lo tanto, el desarrollo del presente trabajo basa su fundamentación en si el juez que dictó la sentencia No. 17451-209-0045 utilizó de manera proporcional los parámetros de reparación integral previstos por la Corte Interamericana de Derechos Humanos.es_ES
dc.format.extent97 p.es_ES
dc.language.isospaes_ES
dc.publisherQuito, EC: Universidad Andina Simón Bolívar, Sede Ecuadores_ES
dc.rightsopenAccesses_ES
dc.rightsAttribution-NonCommercial-NoDerivatives 4.0 Internacional*
dc.rights.urihttp://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0/*
dc.subjectADMINISTRACIÓN DE JUSTICIAes_ES
dc.subjectDELITOS DE TRÁNSITOes_ES
dc.subjectPRINCIPIO DE PROPORCIONALIDADes_ES
dc.subjectREPARACIÓN INTEGRALes_ES
dc.subjectCORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS, CIDHes_ES
dc.titleEl principio de proporcionalidad en la aplicación de la reparación integral en los procesos de tránsito en Ecuador a partir de los criterios de la Corte Interamericana de Derechos Humanos: estudio del caso Galarza versus Calderón, sentencia nº 17451-2009-0045es_ES
dc.typemasterThesises_ES
dc.tipo.spaTesis Maestríaes_ES
Aparece en las colecciones: Maestría en Derecho Constitucional

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