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dc.contributor.advisorGuerra Zúñiga, Eddy María de la, dir.-
dc.contributor.authorQuiroz Pasquel, María Ofelia-
dc.coverage.spatialECUADOR - IMBABURAes_ES
dc.coverage.temporal2015 - 2017es_ES
dc.date.accessioned2020-07-21T21:07:51Z-
dc.date.available2020-07-21T21:07:51Z-
dc.date.issued2020-
dc.identifier.citationQuiroz Pasquel, María Ofelia. La infracción disciplinaria de retardo judicial injustificado en el Código Orgánico de la Función Judicial: un análisis de su aplicación en las resoluciones emitidas por el Consejo de la Judicatura durante el período de 2015 a 2017 en la provincia de Imbabura. Quito, 2020, 103 p. Tesis (Maestría en Derecho Constitucional). Universidad Andina Simón Bolívar, Sede Ecuador. Área de Derecho.es_ES
dc.identifier.otherT-3216-
dc.identifier.urihttp://hdl.handle.net/10644/7342-
dc.description.abstractMediante esta investigación se visibiliza que el Consejo de la Judicatura ha vulnerado el derecho constitucional a la seguridad jurídica en cuanto a la aplicación e interpretación de la normativa jurídica relativa al régimen disciplinario prevista en el Código Orgánico de la Función Judicial, en relación a la calificación del retardo judicial injustificado en la prestación del servicio al que está obligado el servidor judicial. Al respecto, la infracción disciplinaria de retardo judicial se encuentra tipificada en dicho cuerpo legal solamente como retardo leve, por lo que, no existe el retardo judicial grave o gravísimo; en tal sentido, cuando la autoridad administrativa sancionadora, a su juicio, considera que el retardo es grave adecúa la conducta del servidor judicial a la infracción disciplinaria de vulneración del principio de celeridad, y, cuando dicho retardo es considerado gravísimo a la manifiesta negligencia. En tal sentido, se llega a evidenciar que la autoridad administrativa se encuentra revestida de una amplia libertad para calificar el retardo judicial injustificado a través de un tipo penal administrativo en blanco como es la manifiesta negligencia, sin el establecimiento del tiempo que constituye uno u otro tipo de retardo y sin las causales para su justificación, en contraposición a las garantías, derechos y principios que integran la seguridad jurídica. De ahí que, durante el desarrollo de los capítulos que comprende la presente tesis, mediante un estudio doctrinario y normativo, se traen a colación aquellos elementos indispensables que comprende el contenido esencial del derecho a la seguridad jurídica en su dimensión formal y material; se describe el régimen disciplinario aplicado por el Consejo de la Judicatura en el marco de su facultad tanto discrecional como sancionatoria; para luego abordarse los límites jurídicos a las que están sujetas; finalmente se analiza un grupo de resoluciones emitidas por el Consejo de la Judicatura durante el periodo 2015 a 2017 para la provincia de Imbabura.es_ES
dc.format.extent103 p.es_ES
dc.language.isospaes_ES
dc.publisherQuito, EC: Universidad Andina Simón Bolívar, Sede Ecuadores_ES
dc.rightsopenAccesses_ES
dc.rightsAttribution-NonCommercial-NoDerivatives 4.0 Internacional*
dc.rights.urihttp://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0/*
dc.subjectSEGURIDAD JURÍDICAes_ES
dc.subjectRETARDO JUDICIAL INJUSTIFICADOes_ES
dc.subjectADMINISTRACIÓN PÚBLICAes_ES
dc.subjectECUADOR. CONSEJO DE LA JUDICATURAes_ES
dc.subjectRESOLUCIONES JUDICIALESes_ES
dc.titleLa infracción disciplinaria de retardo judicial injustificado en el Código Orgánico de la Función Judicial: un análisis de su aplicación en las resoluciones emitidas por el Consejo de la Judicatura durante el período de 2015 a 2017 en la provincia de Imbaburaes_ES
dc.typemasterThesises_ES
dc.tipo.spaTesis Maestríaes_ES
Aparece en las colecciones: Maestría en Derecho Constitucional

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