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dc.contributor.advisorTouma Endara, Jorge Joaquín, dir.-
dc.contributor.authorRodríguez Vásconez, Luis Nelson-
dc.coverage.spatialECUADOR - RIOBAMBAes_ES
dc.date.accessioned2020-10-06T20:28:51Z-
dc.date.available2020-10-06T20:28:51Z-
dc.date.issued2020-
dc.identifier.citationRodríguez Vásconez, Luis Nelson. El debido proceso en el régimen disciplinario de los privados de libertad del Centro de Rehabilitación Social de Riobamba. Quito, 2020, 85 p. Tesis (Maestría en Derecho Penal). Universidad Andina Simón Bolívar, Sede Ecuador. Área de Derecho.es_ES
dc.identifier.otherT-3294-
dc.identifier.urihttp://hdl.handle.net/10644/7581-
dc.description.abstractLa Constitución de la República del Ecuador en su artículo 76 establece una serie de garantías que forman parte del debido proceso, las cuales han sido establecidas con el objeto de que, cualquier persona que se someta a un procedimiento, sea justo, con sentencias motivadas, con igualdad de armas para ejercer el derecho a la defensa, es decir, asegurar que las actuaciones de los órganos jurisdiccionales de la Función Judicial, observen los preceptos constitucionales y legales y de esta manera garantizar la tutela judicial efectiva y la seguridad jurídica. Con tales consideraciones, se manifiesta que las referidas garantías del debido proceso, alcanzan también a los procedimientos administrativos, es decir, aquellos procesos que se realizan ante las autoridades administrativas y no judiciales, pero que de igual forma pueden afectar, limitar o vulnerar los derechos fundamentales de los ciudadanos y en tal razón, para prevenir dicha transgresión de derechos, de igual forma se debe observar el debido proceso establecido para cada caso en particular. En virtud de lo expuesto, se indica que en la investigación se ha logrado determinar de qué forma se está aplicando el régimen disciplinario en contra de las personas privadas de libertad del Centro de Rehabilitación Social de Riobamba, ya que al interior de este Centro, se han inobservado las garantías del debido proceso, en especial porque se sanciona a las personas sin convocar a audiencia, inobservando el debido proceso, ante lo cual es necesario proponer alternativas de solución a esta problemática de índole jurídico y social, puesto que estas personas forman parte de los grupos de atención prioritaria establecidos en la Constitución.es_ES
dc.format.extent85 p.es_ES
dc.language.isospaes_ES
dc.publisherQuito, EC: Universidad Andina Simón Bolívar, Sede Ecuadores_ES
dc.rightsopenAccesses_ES
dc.rightsAttribution-NonCommercial-NoDerivatives 4.0 Internacional*
dc.rights.urihttp://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0/*
dc.subjectCENTROS DE DETENCIÓNes_ES
dc.subjectDEBIDO PROCESOes_ES
dc.subjectDISCIPLINAes_ES
dc.subjectGARANTÍAS PENALESes_ES
dc.subjectPRESOSes_ES
dc.subjectDERECHOS HUMANOSes_ES
dc.subjectCENTRO DE REHABILITACIÓN SOCIAL DE RIOBAMBAes_ES
dc.titleEl debido proceso en el régimen disciplinario de los privados de libertad del Centro de Rehabilitación Social de Riobambaes_ES
dc.typemasterThesises_ES
dc.tipo.spaTesis Maestríaes_ES
Aparece en las colecciones: Maestría en Derecho Penal

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