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dc.contributor.advisorMogrovejo Jaramillo, Juan Carlos, dir.-
dc.contributor.authorGarzón Cevallos, Diana Marysol-
dc.coverage.spatialECUADOR - PEDRO MONCAYOes_ES
dc.coverage.spatialECUADOR - CAYAMBEes_ES
dc.date.accessioned2020-11-06T22:23:40Z-
dc.date.available2020-11-06T22:23:40Z-
dc.date.issued2020-
dc.identifier.citationGarzón Cevallos, Diana Marysol. La aplicación del impuesto de patente municipal para las empresas florícolas por parte de los Gobiernos Autónomos Descentralizados Municipales: análisis de los Municipios de Pedro Moncayo y Cayambe. Quito, 2020, 108 p. Tesis (Maestría en Derecho de la Empresa). Universidad Andina Simón Bolívar, Sede Ecuador. Área de Derecho.es_ES
dc.identifier.otherT-3318-
dc.identifier.urihttp://hdl.handle.net/10644/7630-
dc.description.abstractEl principal propósito del presente trabajo, es brindar un análisis exhaustivo sobre la aplicación del artículo 547 del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización (Cootad), que regula las actividades que se encuentran gravadas por el impuesto de patente, en relación con la reforma introducida por el artículo 5 de la Ley Orgánica de Incentivos Tributarios e Interpretativa del artículo 547 del Cootad, por el cual se señala que las actividades económicas vinculadas a los sectores agrícola, pecuario, acuícola y el de plantaciones forestales, no son objeto del impuesto de patente municipal; y, por lo mismo, determinar si esta disposición interpretativa podría extenderse a la actividad de floricultura. La investigación se encuentra dividida en tres capítulos que comprenden lo siguiente: en primer lugar, el estudio del régimen del impuesto de patente, en el cual se menciona su evolución histórica, su estructura y a lo largo de su estudio, se analiza las dos ordenanzas que corresponden a los Gobiernos Autónomos Descentralizados (GAD) municipales de Pedro Moncayo y Cayambe que reglamentan este tributo. En segundo lugar, se estudia el alcance de los beneficios tributarios, para lo cual se establece una distinción entre la exención y la no sujeción, poniendo énfasis en el beneficio tributario, previsto en el artículo 5 de la Ley Orgánica de Incentivos Tributarios e Interpretativa del artículo 547 del Cootad. Finalmente, en la tercera parte, se realiza el análisis y confrontación entre las posiciones de los GAD municipales de Pedro Moncayo y Cayambe, frente a los argumentos de las empresas florícolas, en cuanto a la aplicación del impuesto de patente sobre la actividad florícola. Además, se examinan los principios de autonomía municipal y de reserva de ley, con el fin de aclarar si la actividad florícola se encuentra o no subsumida dentro de la agricultura.es_ES
dc.format.extent108 p.es_ES
dc.language.isospaes_ES
dc.publisherQuito, EC: Universidad Andina Simón Bolívar, Sede Ecuadores_ES
dc.rightsopenAccesses_ES
dc.rightsAttribution-NonCommercial-NoDerivatives 4.0 Internacional*
dc.rights.urihttp://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0/*
dc.subjectIMPUESTO DE PATENTEes_ES
dc.subjectIMPUESTOS LOCALESes_ES
dc.subjectGOBIERNO MUNICIPALes_ES
dc.subjectGOBIERNOS AUTÓNOMOS DESCENTRALIZADOSes_ES
dc.subjectBENEFICIOS TRIBUTARIOSes_ES
dc.subjectFLORICULTURAes_ES
dc.titleLa aplicación del impuesto de patente municipal para las empresas florícolas por parte de los Gobiernos Autónomos Descentralizados Municipales: análisis de los Municipios de Pedro Moncayo y Cayambees_ES
dc.typemasterThesises_ES
dc.tipo.spaTesis Maestríaes_ES
Aparece en las colecciones: Maestría en Derecho de la Empresa

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