Por favor, use este identificador para citar o enlazar este ítem: http://hdl.handle.net/10644/6267
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dc.contributor.authorGuerra Zúñiga, Eddy María de la-
dc.coverage.spatialECUADORes_ES
dc.date.accessioned2018-10-24T13:46:48Z-
dc.date.available2018-10-24T13:46:48Z-
dc.date.issued2017-
dc.identifier.citationGuerra Zúñiga, Eddy María de la. "Origen y contenido mínimo del derecho constitucional financiero". Foro: revista de derecho. 28 (II Semestre, 2017): 5-29.es_ES
dc.identifier.issn1390-2466-
dc.identifier.urihttp://hdl.handle.net/10644/6267-
dc.descriptionThe duty of contribution to public expenditure is the main object of study of the Constitutional Financial Law. Although the referred duty corresponds originally to the legislator, who is the one obligated by the constitutional mandate to seek wealth and wherever it finds it establishes taxes through the law, this duty has as a final destination the citizens, who in their condition of “taxpayers” are obliged to pay all the taxes established in the law. This relationship between citizens and the State is developed through the bond of a set of principles governing the contribution to public expenditure through which a set of taxpayer rights are born and configured. In that sense, constitutional law is the legal branch that regulates the relationship of duties and rights between the State and taxpayers, a complex legal branch even from the theoretical conception, as well as regulatory environment, since there is no consensus about the level of relationship with other branches such as Administrative Law. This article aims to clarify its epistemological affiliation, clarify the type and level of relationship with other branches of public law, and briefly study its field of action.en_US
dc.description.abstractEl deber de contribución al gasto público es el principal objeto de estudio del Derecho constitucional financiero; si bien el referido deber está originalmente dirigido al legislador, quien por mandato constitucional tiene la obligación de buscar riqueza y allí donde la encuentre establecer tributos a través de la ley, este deber tiene como destinatario final a los ciudadanos, quienes en su condición de “contribuyentes” están obligados a pagar los tributos establecidos en la ley. Esta relación entre ciudadanos y Estado se desarrolla en el marco de un conjunto de principios que rige la contribución al gasto público a través del cual nace y se configura un conjunto de derechos del contribuyente. En ese sentido, el Derecho constitucional financiero es la rama jurídica que regula las relaciones de deberes y derechos entre el Estado y los contribuyentes, rama jurídica compleja tanto desde la concepción teórica como del espectro regulatorio, pues no existe consenso sobre el nivel de relación con otras ramas como el Derecho administrativo. Este artículo pretende aclarar su filiación epistemológica, aclarar el tipo y nivel de relación con otras ramas del Derecho público, y estudiar brevemente su ámbito de acción.es_ES
dc.format.extentpp. 5-29es_ES
dc.language.isospaes_ES
dc.publisherQuito: Universidad Andina Simón Bolívar, Corporación Editora Nacionales_ES
dc.relation.ispartofseriesForo: revista de derecho. No. 28-
dc.rightsopenAccesses_ES
dc.subjectDERECHO FINANCIEROes_ES
dc.subjectDERECHO CONSTITUCIONALes_ES
dc.subjectDERECHO PÚBLICOes_ES
dc.subjectGASTOS PÚBLICOSes_ES
dc.subjectRESPONSABILIDAD DEL ESTADOes_ES
dc.subjectCONSTITUTIONAL FINANCIAL LAWen_US
dc.titleOrigen y contenido mínimo del derecho constitucional financiero (Tema Central)es_ES
dc.typearticlees_ES
dc.tipo.spaArtículoes_ES
Aparece en las colecciones: Foro No. 28, 2017

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