Por favor, use este identificador para citar o enlazar este ítem: http://hdl.handle.net/10644/7862
Registro completo de metadatos
Campo DC Valor Lengua/Idioma
dc.contributor.authorCarpio Frixone, María Bernarda-
dc.contributor.authorNaranjo Ponce, María Gracia-
dc.coverage.spatialECUADORes_ES
dc.date.accessioned2021-02-10T20:20:12Z-
dc.date.available2021-02-10T20:20:12Z-
dc.date.issued2021-
dc.identifier.citationCarpio Frixone, María Bernarda y Naranjo Ponce, María Gracia. "El efecto de la ineficacia de los actos traslaticios de dominio en el hecho generador del impuesto de alcabala". Foro: revista de derecho. 35 (I Semestre, 2021): 169-189.es_ES
dc.identifier.issn1390-2466-
dc.identifier.issn2631-2484-
dc.identifier.urihttp://hdl.handle.net/10644/7862-
dc.descriptionThis work presents a critical evaluation of article 529 of Cootad (Organic Code of Territorial Organization, Autonomy and Decentralization). Article 529 prescribes that the alcabala tax that has been paid for the transfer of a property will not be refunded in cases of reform, nullity, resolution or rescission of the contracts that preceded the transfer. Specifically, this work analyzes the effect that those cases of inefficacy have over the alcabala tax’s taxable event. This analysis is based on the principle of contributory capacity and its incidence over the taxable event of the alcabala tax. It seeks to determine if, in the cases of reform, nullity, resolution or rescission of the acts that preceded the transfer, the taxable event of the alcabala tax is configured. This work concludes that in cases of nullity, resolution or rescission there is no legal justification to deny the refund of the paid alcabala tax, given that the consequence of those cases of inefficacy is to reverse the effects of the act or contract that originated the tax collection. Therefore, we consider that this retroactive effect conduces to the dissolution of the taxable event, so denying its refund contradicts the principle of contributory capacity.en_US
dc.description.abstractA lo largo de este trabajo se realiza una evaluación crítica del art. 529 del Cootad (Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización), el cual prescribe que el impuesto de alcabala pagado como consecuencia de la transferencia de dominio de un bien inmueble no es susceptible de devolución en favor del sujeto pasivo, en los casos de reforma, nulidad, resolución o rescisión de los actos o contratos que precedieron a la transferencia. Específicamente, se analiza el impacto que dichos supuestos de ineficacia tienen en el hecho generador del tributo. El referido análisis se realiza con un enfoque en el rol del principio de capacidad contributiva en el régimen tributario y su incidencia en el hecho generador, a fin de dilucidar si procede desconocer la devolución del impuesto de alcabala en los términos previstos en el art. 529 del Cootad. Se concluye que, en supuestos de nulidad, rescisión o resolución, no existe justificación jurídica para negar la devolución del impuesto de alcabala pagado, en vista de que la consecuencia de estos supuestos de ineficacia es retrotraer los efectos del acto o contrato que originó el cobro del impuesto. En consecuencia, se considera que este efecto retroactivo conlleva a la disolución del hecho generador del tributo, por lo cual negar su devolución contraviene el principio de capacidad contributiva.es_ES
dc.format.extentpp. 169-189es_ES
dc.language.isospaes_ES
dc.publisherQuito, EC: Universidad Andina Simón Bolívar, Corporación Editora Nacionales_ES
dc.relation.ispartofseriesForo: revista de derecho. No. 35-
dc.rightsopenAccesses_ES
dc.rightsAttribution-NonCommercial-NoDerivatives 4.0 Internacional*
dc.rights.urihttp://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0/*
dc.subjectIMPUESTO DE ALCABALAes_ES
dc.subjectIMPUESTO A LA UTILIDAD EN LA TRANSFERENCIA DE PREDIOS URBANOSes_ES
dc.subjectADMINISTRACIÓN Y PROCEDIMIENTOS DE IMPUESTOSes_ES
dc.titleEl efecto de la ineficacia de los actos traslaticios de dominio en el hecho generador del impuesto de alcabala (Tema Central)es_ES
dc.typearticlees_ES
dc.tipo.spaArtículoes_ES
Aparece en las colecciones: Foro No. 35, 2021

Archivos en este ítem:
Archivo Descripción Tamaño Formato  
11-TC-Carpio-Naranjo.pdf323,87 kBAdobe PDFThumbnail
Visualizar/Abrir


Este ítem está sujeto a una licencia Licencia Creative Commons Creative Commons


La Universidad Andina Simón Bolivar es un centro académico de postgrados, abierto a la cooperación internacional. Creada por el Parlamento Andino, forma parte del Sistema Andino de Integración. Eje fundamental de su trabajo es la reflexión sobre América Andina, su cultura, su desarrollo científico y tecnológico, su proceso de integración. Uno de sus objetivos básicos es estudiar el papel de la Comunidad Andina en América Latina y el mundo.