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dc.contributor.authorÁvila Santamaría, Ramiro Fernando-
dc.contributor.authorSantamaría Viteri, Camila, ayudante de investigación-
dc.coverage.spatialECUADORes_ES
dc.coverage.temporal2008 - 2022es_ES
dc.date.accessioned2023-10-03T16:54:33Z-
dc.date.available2023-10-03T16:54:33Z-
dc.date.issued2023-
dc.identifier.citationÁvila Santamaría, Ramiro Fernando. La jurisprudencia sobre los derechos de la naturaleza de la Corte Constitucional del Ecuador (2008-2022): ¿Evolución hacia una teoría sistémica derecho?. Quito, EC: Universidad Andina Simón Bolívar, Sede Ecuador, 2023. 52 p.es_ES
dc.identifier.otherPI-2023-02-
dc.identifier.urihttp://hdl.handle.net/10644/9557-
dc.descriptionThe 2008 Constitution of Ecuador, for the first time in global constitutionalism, recognized that nature is a subject and that it has specific rights. The application of these rights has been erratic and jurisprudential development has been slow, due, among other reasons, to the absence of an adequate legal theory. In order to understand the rights of nature, it is necessary to overcome some premises of positive Law. Among them, Law has nothing to do with other disciplines and that nature is an object that can be exploited indiscriminately. Law that recognizes that nature has life, which must be respected and understood from other disciplines, could be called "systemic". With a systemic view, the Constitutional Court of Ecuador has been able to develop the content of the rights of nature. In other cases, the Court has gone through legal paths of private law and also of environmental administrative law. This research shows that the jurisprudence of the Court has had an erratic development and has a systemic jurisprudential line that is expected to be consolidated. In this time of environmental crisis and climate change, recognizing that nature has rights is a way to radically change the dominant legal and political paradigm.es_ES
dc.description.abstractLa Constitución del año 2008 de Ecuador, por primera vez en el constitucionalismo global, reconoció que la naturaleza es sujeto y que tiene derechos específicos. La aplicación de estos derechos ha sido errática y el desarrollo jurisprudencial ha sido lento, debido, entre otras razones, a la ausencia de una teoría jurídica adecuada. Para entender los derechos de la naturaleza se tiene que superar algunas premisas del derecho positivo. Entre ellas, que el derecho no tiene que ver con otras disciplinas y que la naturaleza es un objeto que se puede explotar indiscriminadamente. El derecho que reconozca que la naturaleza tiene vida, que hay que respetar y entender desde otras disciplinas podría denominarse “sistémico”. Con una mirada sistémica, la Corte Constitucional del Ecuador ha podido desarrollar el contenido y alcance de los derechos de la naturaleza en algunos casos. En otros casos, la Corte ha transitado por terías del derecho propias del derecho privado y también del derecho administrativo ambiental. En esta investigación se aprecia que la jurisprudencia de la Corte ha tenido un desarrollo errático y tiene una línea jurisprudencial sistémica que se espera se consolide. En esta época de crisis ambiental y cambio climático, reconocer que la naturaleza tiene derechos es una forma de cambiar radicalmente el paradigma jurídico y político dominante.es_ES
dc.format.extent52 p.es_ES
dc.language.isospaes_ES
dc.publisherQuito, EC: Universidad Andina Simón Bolívar, Sede Ecuadores_ES
dc.rightsopenAccesses_ES
dc.rightsAttribution-NonCommercial-NoDerivatives 4.0 Internacional*
dc.rights.urihttp://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0/*
dc.subjectDERECHOS DE LA NATURALEZAes_ES
dc.subjectJURISPRUDENCIA CONSTITUCIONALes_ES
dc.subjectCORTE CONSTITUCIONAL ECUATORIANAes_ES
dc.subjectTEORÍA DEL DERECHOes_ES
dc.titleLa jurisprudencia sobre los derechos de la naturaleza de la Corte Constitucional del Ecuador (2008-2022): ¿Evolución hacia una teoría sistémica derecho?es_ES
dc.typeotheres_ES
dc.typeotheres_ES
dc.tipo.spaInforme de Investigaciónes_ES
Aparece en las colecciones: Informes del Fondo de Investigación UASB

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